Autoridades nacionales anunciaron la firma del Decreto Presidencial que reglamenta la Ley N.° 7444/2025, con lo cual se da plena vigencia a la nueva normativa para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).
Esta medida marca el inicio de una etapa que busca eliminar barreras burocráticas, otorgar beneficios inmediatos y consolidar la formalización como motor de desarrollo económico y social.
“Con este decreto reglamentario, la ley se consolida y podemos comenzar a atacar de raíz los problemas que hacen a las Mipymes, que tiene que ver con cuatro aspectos fundamentales. El primero de todos, la formalización. Tenemos que hacer un esfuerzo para ir formalizando al sector y que a través de la formalización puedan acceder a créditos, a mercados y a los programas de capacitación del Gobierno”, dijo el ministro de Industria y Comercio, Javier Giménez.
En tanto que el viceministro de Mipymes, Gustavo Giménez, resaltó el impacto inmediato de la reglamentación. “Este decreto para nosotros es sumamente importante porque es el puntapié inicial de lo que hemos logrado con la modificación o la ampliación de la Ley de Mipymes en enero de este año, presentando, principalmente, un enfoque sustancial hacia la formalización, para simplificar el proceso de formalización de nuestras Mipymes, orientarlas hacia la posibilidad de que a través de esa formalización reciban beneficios de manera inmediata”, señaló.
Cédula MIPYMES Automática y Gratuita: Con la sola inscripción en el RUC, toda empresa que califique como MIPYME obtendrá su Cédula digital de forma automática, sin costo ni trámites adicionales. Este documento será suficiente para acceder a todos los beneficios.
Alivio Económico Directo: Las Microempresas (con facturación de hasta G. 1.000 millones) gozarán de exoneración del 100% de la Patente Comercial y de los pagos por servicios prestados de los Organismos y Entidades del Estado, por sus primeros tres años. Las Pequeñas Empresas (hasta G. 5.000 millones) obtendrán un 75% de descuento por el mismo periodo. Y posterior a ello, podrán acceder a descuentos.
Acceso Simplificado a Seguridad Social (IPS) y al empleo formal: Los propietarios de Micro y Pequeñas Empresas, así como sus nuevos trabajadores, podrán acceder al seguro de salud y jubilación, facilitando la cobertura social y el fomento de la formalización laboral.
Simplificación Radical: Las Microempresas solo deberán llevar un libro de ingresos y egresos. Además, el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE) se consolida como una herramienta para la formalización.
Fondo de Financiamiento (FONAMIPYMES): Se faculta al Poder Ejecutivo la creación de un fideicomiso destinado a facilitar el acceso a capital operativo, crédito para inversión y cooperación técnica para las MIPYMES registradas.
El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través del Viceministerio de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, será la autoridad de aplicación de la Ley de MIPYMES y el ente rector sectorial encargado de coordinar las políticas públicas para el fomento, la formalización y la competitividad del sector empresarial más importante del país.